6 de agosto de 2016

Colombia: Extranjeros ilegales no pueden ser afiliados al sistema de salud

El pronunciamiento lo hizo la Corte Constitucional al revisar el caso de un argentino que se casó con una colombiana.

La Corte Constitucional conceptuó que los extranjeros con la condición de ilegales en Colombia, no pueden ser afiliados al sistema de salud, pues sólo pueden ser atendidos en casos de urgencias.
El pronunciamiento lo hizo
el alto tribunal al estudiar el caso de un argentino que desde 2014 se encuentra como ilegal, pese a haberse casado con una colombiana. Este hombre presentó una tutela ante la Corte pretendiendo que se amparara su derecho a la salud, debido a que ha tenido dificultades para reclamar medicinas o continuar con tratamientos.
Pero la Corte le respondió que "no se demuestra una vulneración al derecho fundamental a la salud por parte del Fondo Financiero Distrital de Salud y la Secretaría de Planeación Distrital de Bogotá D.C., debido a que dichas entidades demandadas garantizaron el cumplimiento de la obligación de prestar los servicios de salud básicos al accionante, lo que implica atención en urgencias la cual fue recibida en el Hospital de Suba en Bogotá D.C., y excluye la entrega de medicamentos y continuidad en los tratamientos”.

 

 

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